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FPSA

Coberturas del Seguro de Federado

LA FEDERACION DE SURF DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS tiene contratado a través de CAMPOS&RIAL S.A., correduría de seguros, la póliza de seguro de accidentes, que estará en vigor desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

Dicha póliza cumple los términos previstos por el R.D. 849/1993 de 4 de Junio, por el que se determinan las prestaciones mínimas del seguro obligatorio deportivo.


RIESGOS CUBIERTOS

  • FALLECIMIENTO como consecuencia de accidente deportivo: 6.010,12  €
  • En caso de menores de 14 años, la cantidad será de 3.005,06 €. en concepto de gastos de sepelio.
  • FALLECIMIENTO cuando este se produzca en la práctica deportiva, pero sin causa directa del mismo: 1.803,04 €.
  • En caso de menores 14 años la cantidad será de 1.803,04 €. en concepto de gastos de sepelio.
  • INVALIDEZ PERMANENTE Y ABSOLUTA, como consecuencia de accidente deportivo: 12.020,24  €
  • INVALIDEZ PARCIAL como consecuencia de accidente deportivo (según baremo).

ASISTENCIA SANITARIA consecuencia de accidente deportivo con las siguientes condiciones:

  • Asistencia médico-quirúrgica y sanatorial en accidentes ocurridos en el territorio nacional, sin límite de gastos, y con un límite temporal de hasta dieciocho meses desde la fecha del accidente.
  • Asistencia farmacéutica en régimen hospitalario, sin límite de gastos, y con un límite temporal de dieciocho meses desde la fecha del accidente.
  • Asistencia en régimen hospitalario, de los gastos de prótesis y material de osteosíntesis, en su totalidad, y con un límite temporal de dieciocho meses desde la fecha del accidente.
  • Los gastos originados por rehabilitación durante el período de dieciocho meses desde la fecha accidente.
  • Asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica y sanatorial en accidentes ocurridos en el extranjero, hasta un límite, por todos los conceptos, de 6.010,12 €, y con un límite temporal de hasta dieciocho meses desde la fecha del accidente. Esta prestación es compatible con las indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales, motivadas por accidente deportivo, que se concedan al finalizar el tratamiento.
  • Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca como consecuencia de accidente en la práctica deportiva, por un importe no inferior a 6.010,12 €.
  • Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca en la práctica deportiva, pero sin causa directa del mismo, por un importe mínimo de 1.803,04 €.
  • Gastos originados por la adquisición de material ortopédico para la curación de un accidente deportivo (no prevención), por un importe mínimo del 70 por 100 del precio de venta al público del mencionado material ortopédico.
  • Gastos originados en odonto-estomatología, por lesiones en la boca motivadas por accidente deportivo. Estos gastos serán cubiertos hasta 240,40 €.
  • Gastos originados por el rescate. Los mismos serán cubiertos hasta 4.000 €.
  • Gastos originados por traslado o evacuación del lesionado desde el lugar del accidente hasta su ingreso definitivo en los hospitales concertados por la póliza del seguro, dentro del territorio nacional.
  • Asistencia médica en los centros o facultativos concertados en todas las provincias del territorio nacional.
  • Libre elección de centros y facultativos concertados en toda España.

SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL

  • Si quieres acceder a ver una copia de nuestro Seguro de Responsabilidad Civil , pincha Aquí.
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